El Libro del Edificio es el conjunto de documentos técnicos, jurídicos y administrativos y de datos de información general sobre el edificio y las viviendas que permite a sus propietarios y usuarios conocer sus características, las empresas y profesionales intervinientes en la construcción, las garantías y seguros de la edificación y realizar un adecuado uso y mantenimiento de la misma.
La elaboración del Libro le corresponde al PROMOTOR, DIRECTOR DE LA EJECUCION Y DIRECTOR DE OBRA, una vez finalizadas las obras. El promotor tiene que hacer entrega del mismo a la Comunidad de Propietarios según la Ley de Ordenación de la Edificación.
Entre sus funciones tiene una que es, ser Manual de Conservación de la edificación. Para ello, debe contener:
– Las instrucciones para uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Se indican revisiones obligatorias y convenientes de las instalaciones – calefacción, fontanería- y plazos máximos recomendados.
– El mantenimiento de los materiales usados en la construcción, etc… para que sean observados por el usuario final de la vivienda.
– El Proyecto de obra, los documentos (memoria, planos, presupuesto, pliegos de condiciones) mediante los que se definen y determinan las exigencias técnicas de la obra, juntamente con los modificados y reformados que se hayan producido debidamente aprobados.
– El acta de recepción de la obra, este documento estará firmado por el promotor y el constructor.
– La relación identificativa de los intervinientes en el proceso de edificación.
También es obligatorio que el propietario o la comunidad de propietarios, incorporen al Libro del Edificio la documentación que se vaya generando durante el periodo de uso y conservación del edificio.
Mari Cruz Navarro. Administración y Contabilidad. Arco 02 Gestión de Proyecto.